Ciclo Integral de Gestión de Terceros
El Imperativo Contractual
La contratación debe traducir la debida diligencia en obligaciones contractuales concretas. El manual no es suficiente si el contrato no habilita la revisión y la respuesta.
Norma CMF 510:
Exige que los contratos de externalización contengan precisamente este ciclo de control.
Control de Subcontratación
Verificación de condiciones pactadas también respecto de entidades subcontratadas en cadena.
Continuidad Operacional
Conectar el término del contrato con el plan de continuidad ante incumplimientos graves.